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ONG

RÉGIMEN DE VISITAS

Protege el derecho de los hijos a mantener una relación con sus padres, priorizando su bienestar y desarrollo.

¿EN QUÉ CONSISTE ESTE SERVICIO?

El régimen de visitas es el conjunto de medidas que permite establecer cómo se desarrollará el contacto y la relación entre un padre o madre y sus hijos cuando no conviven de manera permanente.

Su finalidad es establecer las condiciones y la forma en que se desarrollarán las visitas, teniendo en cuenta las circunstancias de cada caso y el bienestar de los niños, niñas o adolescentes.

¿En qué casos aplica?

Este servicio puede corresponder cuando:

  • Los padres no viven juntos.
  • Es necesario establecer un régimen de visitas.
  • Existen dificultades o desacuerdos respecto al contacto con los hijos.
  • Se requiere modificar un régimen de visitas previamente establecido.
  • Se presentan situaciones que afectan el adecuado desarrollo de las visitas.

¿Cómo ayuda el Centro de Defensa de la Mujer?

1

Evaluación gratuita del caso.

2

Orientación y asesoría legal.

3

Revisión de la documentación

4

Elaboración de la demanda

5

Presentación de la demanda ante el juzgado

6

Seguimiento permanente del expediente

7

Preparación, Representación y Acompañamiento

¿Cómo es el procedimiento?

Solicitud de orientación gratuita

Evaluación jurídica del caso

Elaboración de la demanda

Presentación de la demanda ante el órgano jurisdiccional competente

Seguimiento del proceso

Representación en audiencias y demás actuaciones judiciales

¿Qué documentos necesitas?

¿QUÉ RECIBIRAS?

Puede solicitarlo el padre o la madre que corresponda, según las circunstancias del caso.

Sí, cuando las circunstancias del caso hayan cambiado, puede evaluarse la posibilidad de solicitar una modificación.

Se puede solicitar orientación legal para determinar la alternativa correspondiente.

Puedes solicitar orientación al Centro de Defensa de la Mujer mediante WhatsApp.

SOLICITAR ORIENTACIÓN GRATUITA POR WHATSAPP